¿Un título propio puntúa en oposiciones? Validez, formación permanente y baremos

Un título propio no sustituye a una titulación oficial cuando esta es requisito para presentarse a una oposición. Sin embargo, determinadas enseñanzas universitarias de formación permanente sí pueden ser valoradas como méritos dependiendo de las bases de cada convocatoria. Te explicamos dónde está la diferencia y qué debes comprobar antes de matricularte.

Titulos propios Oposiciones Ruibal

Una de las dudas más frecuentes antes de cursar un título propio universitario es si esa formación puede utilizarse posteriormente en unas oposiciones.

Depende de la convocatoria.

Un título propio universitario no tiene la misma naturaleza que un Grado o un Máster Universitario oficial y, por tanto, no puede utilizarse para sustituir una titulación oficial exigida como requisito de acceso a un cuerpo o puesto público.

Sin embargo, eso no significa que un título propio nunca pueda aportar puntos.

En determinados procesos selectivos, la formación permanente, los cursos universitarios u otras actividades de especialización pueden incluirse dentro del baremo de méritos. Para saber si una formación concreta puntúa, es necesario revisar las bases de la convocatoria y comprobar qué tipos de formación admite, qué requisitos establece y dentro de qué apartado se valora.

Por tanto, hay una distinción fundamental que conviene entender desde el principio:

Una cosa es que una titulación permita presentarse a una oposición y otra diferente que una formación adicional pueda aportar puntos dentro del baremo.

Título oficial y título propio: no cumplen la misma función

En España, los títulos universitarios oficiales son el Grado, el Máster Universitario y el Doctorado.

Los títulos propios se integran dentro de las enseñanzas propias de las universidades y, especialmente desde la aplicación del Real Decreto 822/2021, buena parte de esta oferta se estructura bajo el concepto de Formación Permanente.

Dentro de ella encontramos, entre otras denominaciones, el Máster de Formación Permanente, el Diploma de Especialización, el Diploma de Experto y las microcredenciales universitarias.

No deben confundirse con los títulos oficiales.

Si una convocatoria exige, por ejemplo, estar en posesión de un determinado Grado universitario o de una titulación oficial concreta para poder participar, un título propio no sustituye ese requisito.

Su posible utilidad en una oposición aparece en otro momento: la fase de valoración de méritos.

Entonces, ¿un título propio puede dar puntos en una oposición?

Sí puede hacerlo, pero no existe una regla general que permita afirmar que todos los títulos propios puntúan en todas las oposiciones.

Cada proceso selectivo cuenta con unas bases y un baremo concreto.

En determinadas convocatorias se valoran actividades de formación permanente, cursos impartidos por universidades, formación relacionada con la especialidad o determinados estudios adicionales. En otras, las condiciones son más restrictivas y una formación que sería válida en un proceso puede no ser admitida en otro.

Por eso, cuando una universidad, centro formativo o estudiante afirma simplemente que un curso o título “da puntos para oposiciones”, falta una información esencial:

¿para qué oposición y según qué baremo?

La diferencia entre requisito de acceso y mérito

Este es probablemente el punto más importante.

Imaginemos una convocatoria en la que para poder presentarse sea necesario disponer de un determinado Grado universitario.

Ese requisito debe cumplirse mediante una titulación que reúna las condiciones establecidas en las bases. Haber realizado posteriormente un Máster de Formación Permanente no sustituirá el Grado requerido.

Otra situación diferente se produce una vez que el candidato ya cumple los requisitos de acceso y participa en un procedimiento de concurso-oposición.

En estos procesos puede existir una fase de concurso en la que se valoren aspectos adicionales como experiencia profesional, otros títulos académicos, idiomas o actividades de formación.

Es en estos apartados donde determinadas enseñanzas de formación permanente pueden llegar a ser baremables, siempre que cumplan exactamente las condiciones establecidas en la convocatoria.

¿Un Máster de Formación Permanente puntúa igual que un Máster Universitario?

Un Máster Universitario oficial y un Máster de Formación Permanente son dos tipos diferentes de enseñanza universitaria.

El Real Decreto 822/2021 establece que el Máster de Formación Permanente forma parte de las enseñanzas propias de las universidades y debe tener una carga de 60, 90 o 120 ECTS.

El Máster Universitario, por el contrario, forma parte de las enseñanzas universitarias oficiales.

Esta diferencia puede tener consecuencias en los procesos selectivos.

Una convocatoria puede reservar un apartado determinado de su baremo para titulaciones académicas oficiales y valorar de manera distinta la formación permanente. También puede establecer condiciones específicas sobre quién debe impartirla, su duración, su relación con el puesto o la documentación necesaria para justificarla.

Por eso, cursar un programa de 60 ECTS no significa automáticamente que vaya a recibir la misma puntuación que un Máster Universitario oficial.

¿Qué se considera formación permanente?

La formación permanente universitaria está expresamente regulada dentro del sistema universitario español.

Su finalidad es actualizar, ampliar y especializar los conocimientos y competencias a lo largo de la vida profesional.

El actual marco universitario contempla, entre otras opciones:

  • Máster de Formación Permanente: 60, 90 o 120 ECTS.
  • Diploma de Especialización: entre 30 y 59 ECTS.
  • Diploma de Experto: menos de 30 ECTS.
  • Microcredenciales y micromódulos: enseñanzas propias de corta duración.

Todas ellas forman parte de la formación propia de las universidades, pero su consideración en un proceso de selección pública dependerá del baremo aplicable.

Por este motivo, no basta con comprobar que el título ha sido expedido por una universidad. También hay que analizar cómo define la convocatoria los méritos admitidos.

Un ejemplo: las oposiciones docentes

Las oposiciones educativas muestran especialmente bien por qué no puede darse una respuesta universal.

En las oposiciones al Cuerpo de Maestros de la Comunidad de Madrid de 2026, por ejemplo, la Administración establece condiciones muy concretas sobre las actividades de formación permanente que pueden valorarse.

Se contemplan determinados cursos, seminarios, jornadas, grupos de trabajo y proyectos relacionados con la especialidad, la actividad docente o las nuevas tecnologías aplicadas a la educación, siempre que hayan sido convocados por las entidades previstas en las bases.

Pero la misma convocatoria establece también exclusiones específicas.

Esto demuestra que no es suficiente con que una formación sea universitaria o tenga una determinada duración. Debe cumplir los criterios exactos establecidos para ese proceso selectivo.

Y esos criterios pueden cambiar entre comunidades autónomas, cuerpos, administraciones y convocatorias.

¿Cómo saber si mi título propio va a puntuar?

Antes de matricularte en una formación pensando específicamente en utilizarla en unas oposiciones, debes consultar la convocatoria que te interesa.

No basta con revisar el nombre comercial del programa.

Hay que comprobar cómo está redactado el baremo y localizar apartados como “formación permanente”, “otros méritos”, “formación académica”, “cursos de formación” o denominaciones similares.

También conviene revisar qué instituciones pueden impartir la formación, si existe una duración mínima, cómo se contabilizan las horas o créditos, si debe existir relación directa con la especialidad y qué certificado tendrá que aportarse posteriormente.

Si las bases no son suficientemente claras, lo más prudente es consultar al organismo convocante.

¿Importa quién expide el título?

Puede ser muy importante.

Algunas convocatorias distinguen expresamente entre actividades organizadas por universidades, administraciones públicas u otras entidades autorizadas o vinculadas mediante determinados convenios.

Esto significa que dos programas con contenidos y duración similares pueden recibir un tratamiento diferente dependiendo de la entidad que los expide y de las exigencias concretas del baremo.

Por eso, desde el punto de vista del alumno, conviene conocer exactamente qué universidad emite la certificación, qué denominación tendrá el título y qué carga académica aparece acreditada.

Y desde el punto de vista de un centro de formación, contar con respaldo universitario aporta una dimensión académica que va mucho más allá de incorporar un logotipo a un programa.

Si quieres conocer mejor este modelo, puedes consultar nuestra guía sobre cómo transformar una formación privada en un programa universitario con respaldo académico.

¿Sirven entonces los títulos propios para el empleo público?

Es más preciso decir que pueden ser útiles en determinados procesos de empleo público, pero no sustituyen a las titulaciones oficiales exigidas para acceder a ellos.

Su valor dependerá del procedimiento concreto.

Un título propio puede tener un fuerte componente de especialización profesional y ser relevante para el desarrollo de una carrera tanto en el sector privado como en determinados procesos de promoción o selección pública. Pero su reconocimiento dentro de un baremo nunca debería darse por supuesto.

Título propio y oposiciones: qué debes comprobar antes de matricularte

Si tu objetivo principal es conseguir puntos en una oposición concreta, el orden debería ser siempre el mismo: primero revisar las bases y después elegir la formación.

Comprueba qué méritos se admiten, qué tipo de entidad debe expedirlos, cómo se contabilizan los créditos u horas y si existen limitaciones relacionadas con la temática de la formación.

Si, por el contrario, tu objetivo es especializarte profesionalmente, actualizar conocimientos o reforzar tu perfil académico, la utilidad de un título propio no debería medirse únicamente por su puntuación en una oposición.

Los títulos propios y la formación permanente universitaria tienen una función principalmente vinculada a la especialización, actualización profesional y aprendizaje a lo largo de la vida.

En nuestra guía completa sobre títulos propios universitarios puedes consultar con mayor detalle qué son, cómo funcionan y en qué se diferencian de las titulaciones oficiales.

La convocatoria siempre tiene la última palabra

No existe una respuesta única a la pregunta de cuántos puntos aporta un título propio en una oposición.

Puede ser baremable en determinadas convocatorias, no serlo en otras o estar sujeto a condiciones muy específicas relacionadas con la duración, temática, institución que lo expide o naturaleza de la formación.

Por ello, antes de elegir un programa con el objetivo de mejorar un baremo de oposiciones, es fundamental consultar las bases vigentes del proceso concreto.

Y si eres un centro de formación que quiere ofrecer programas con respaldo universitario, en Ruibal Formación podemos analizar tu oferta académica y estudiar qué modelo de título propio o formación permanente puede encajar mejor con tus programas.


 

 

Este contenido ha sido elaborado por el equipo de Ruibal Formación y revisado por su área de educación superior europea. Ruibal Formación es una entidad especializada en educación superior europea y en la gestión de acuerdos académicos internacionales con universidades e instituciones educativas.

Títulos Propios